Si, puedes realizar abonos a capital y pagos para adelantar quincenas.Recuerda que cuando realices un abono superior al monto de la quincena correspondiente, el sistema lo considerará como un abono a capital, ya sea reduciendo el número de quincenas o bien disminuyendo el monto de la última, con el fin de que tu liquidación sea en menor tiempo.Sin embargo, si deseas aplicar el pago para tu próxima quincena en lugar de la última, es necesario que nos envíes el texto estipulado en los términos y condiciones para pagos adelantados, 24 horas hábiles antes de realizar tu pago.*Este es el texto que debes enviar:“Yo (NOMBRE DEL CLIENTE), para efectos de la presente solicitud como “EL ACREDITADO”, autorizo que los recursos que se entregan en exceso a mis obligaciones exigibles, no se apliquen para el pago anticipado del principal, sino que se utilicen para cubrir por adelantado el pago inmediato siguiente.”